Por: Carlos Daniel López Avilés. – Colaborador en Nader Abogados
Recientemente, se han aprobado en el Congreso de la Unión diversas reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública en México, cuyo objetivo central es fortalecer las capacidades del gobierno en la lucha contra el crimen organizado y la delincuencia de alto impacto. Sin embargo, al tratarse de reformas en materia de seguridad pública, tendrán diversos impactos positivos y negativos dentro de los procedimientos penales.
Estas reformas implican la coordinación de bases de datos de diversas dependencias, instituciones y órganos, respecto a la recopilación y uso de productos de inteligencia, así como la colaboración entre entidades públicas y privadas para salvaguardar la seguridad nacional. No obstante, la privacidad de los ciudadanos, en este nuevo esquema de seguridad, enfrentará distintos impactos.
¿Quién controla nuestros datos personales y los que compartimos en redes sociales? Con la creciente digitalización de nuestra vida cotidiana, la recopilación de información personal obtenida de dispositivos digitales por parte de las autoridades puede tener consecuencias tanto positivas como negativas. Es indispensable comprender cómo se maneja nuestra información y cómo puede afectar tanto a las víctimas como a los usuarios del Sistema Nacional de Investigación.
Las reformas incorporan nuevas funciones y responsabilidades para instituciones y dependencias en el ámbito de la seguridad pública, como la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Guardia Nacional, el Centro Nacional de Inteligencia, así como las fiscalías a nivel federal y estatal. Dichas instituciones podrán interconectar sus bases de datos y sistemas de investigación, lo que facilitará el acceso a información personal de los ciudadanos a través de plataformas como la Plataforma Central de Inteligencia. En ella, las autoridades podrán recopilar, procesar y utilizar datos relacionados con registros de telecomunicaciones, información financiera, datos biométricos y registros públicos de los ciudadanos.
Todo esto se hace con el objetivo de prevenir delitos, investigar crímenes de alto impacto y combatir la impunidad. Sin embargo, la recopilación de esta información se realizará bajo el principio de confidencialidad, lo que nos lleva a reflexionar sobre serias preocupaciones respecto al acceso no regulado a nuestros datos privados.
Dentro de un procedimiento penal, estas reformas podrían modificar significativamente la manera en que se lleva a cabo una investigación criminal. Por un lado, las autoridades tendrán un acceso más rápido y ágil al contenido de inteligencia y a las bases de datos, lo que permitirá que las investigaciones sean más expeditas y estén mejor coordinadas entre las distintas instituciones. Esto puede mejorar la efectividad en la persecución de delitos graves.
El Ministerio Público y las fiscalías serán las encargadas de integrar la información obtenida por las instituciones de seguridad en sus carpetas de investigación. No obstante, si no se tiene la cautela adecuada respecto a cómo se recaba e incorpora dicha información, podría haber abuso de poder o violaciones a derechos fundamentales. Por ejemplo, si se utilizan productos de inteligencia sin una orden judicial adecuada, el proceso penal podría verse comprometido, afectando la transparencia del juicio y el acceso a la justicia.
La reforma al Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública es una medida que busca mejorar la seguridad en el país, pero también plantea riesgos significativos en términos de privacidad y debido proceso. Los ciudadanos, abogados litigantes y autoridades judiciales deben asegurarse de que las investigaciones se lleven a cabo con transparencia, respetando siempre los derechos humanos y la legalidad del proceso, tanto para las víctimas como para los imputados. Lo más importante para enfrentar este cambio estructural será lograr un equilibrio entre seguridad y derechos fundamentales, asegurando que las investigaciones no se conviertan en una amenaza para la libertad personal ni en un instrumento de control indebido.







